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CEEPAC maneja dos tipos de recuentos para garantizar resultados de las elecciones del 6 de Junio.

SLP.- Este pasado miércoles, el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) comenzó con los cómputos de las votaciones correspondientes a la elección de gubernatura, diputaciones locales y ayuntamientos en San Luis Potosí.

De acuerdo con el organismo, se manejan dos tipos de recuento: el total y el parcial, cada uno se implementa bajo ciertas condiciones que tiene que ver con particularidades en el número de votos emitidos o irregularidades con las actas o paquetes electorales.

Se denomina recuento total al nuevo escrutinio y cómputo de los votos correspondientes al total de las casillas de una elección; en el caso de la elección de gubernatura se abrirán todos los paquetes electorales cuando entre los candidatos que hayan obtenido el primero y segundo lugar, exista una diferencia en el resultado electoral distrital menor al 1 por ciento.

En las diputaciones locales se dará la misma situación cuando entre las candidaturas que hayan obtenido el primer y segundo puesto, exista una diferencia en el resultado electoral menor del 2% según la elección distrital.

En la elección de ayuntamientos se aperturarán todos los paquetes cuando entra las candidaturas o planillas que hayan obtenido el primer y segundo lugar, existe una diferencia en el resultado electoral menor del 3% para la elección municipal qué se trate.

En cuanto al recuento parcial, este se da por casillas y se realiza cuando el paquete electoral se recibe con muestras de alteración o cuando los resultados de las actas no coinciden; también si se detectan alteraciones evidentes en las actas que generen duda fundada sobre el resultado de la elección en la casilla.

El recuento parcial también se da si no existe el acta de escrutinio y cómputo en el expediente de la casilla ni en poder de la presidencia del órgano competente; cuando existan errores o inconsistencias evidentes en los distintos elementos de las acta y cuando el número de votos nulos sea mayor a la diferencia entre las candidaturas ubicadas en el primero y segundo lugar.

Además, si todos los votos depositados sean a favor de un mismo partido o candidatura independiente, o cuando una más de las actas señalen un número de votos nulos que exceda al 5% de los votos sufragados.

Por: José Luis Vázquez

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