Por implementarse, certificación para prevenir operaciones con recursos de procedencia ilícita
El proceso de certificación en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita, o lavado de dinero, dirigido a quienes realizan Actividades Vulnerables, se llevará a cabo el siguiente año.
Lo anterior fue informado por La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a través de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
De acuerdo con la ley antilavado, entre las Actividades Vulnerables destacan juegos con apuesta, concursos o sorteos; emisión o comercialización de tarjetas de servicios, de crédito, tarjetas prepagadas que no son emitidas por entidades financieras; otorgamiento de crédito por parte de instituciones no financieras; además de construcción o desarrollo de bienes inmuebles -como casas, bodegas y comercios-.
La determinación se ha dado en el contexto de la actualización del marco normativo aplicable a Actividades Vulnerables, para brindar certeza a personas interesadas y permitir que el proceso de certificación se desarrolle conforme a disposiciones vigentes.
Durante agosto, Hacienda publicó modificaciones a las Reglas de Carácter General, derivadas de la reforma a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, y a su reglamento -publicadas en 2025 y 2026, respectivamente-.
De acuerdo con disposiciones transitorias, las modificaciones entrarán en vigor el 30 de noviembre del presente, salvo aquellas para las que se establecieron fechas específicas.
Entre otras Actividades Vulnerables a lavado de dinero destacan: la venta de metales preciosos, piedras preciosas, joyas o relojes; subasta o comercialización de obras de arte.
También la venta de vehículos aéreos, marítimos o terrestres.
El blindaje de vehículos terrestres, traslado o custodia de dinero o valores; notarios; servicios de corredores públicos.
De igual forma la recepción de donativos, la prestación de servicios de comercio exterior como agente, apoderado o agencia aduanal para importar vehículos, obras de arte, equipos para fabricar tarjetas de pago, entre otros bienes.
Se contempla el arrendamiento de inmuebles; así como el ofrecimiento habitual y profesional de activos virtuales.

















