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INTERNACIONALES

Corte Suprema de EUA reafirma derecho constitucional a la ciudadanía por nacimiento

EEUU.- El Tribunal Supremo de Estados Unidos declaró inconstitucional la orden ejecutiva del presidente Donald Trump que buscaba restringir la ciudadanía por nacimiento para los hijos de personas migrantes en situación irregular o con visas temporales, al concluir que ese derecho está protegido por la Decimocuarta Enmienda de la Constitución.

En la resolución, la mayoría del máximo tribunal sostuvo que los niños nacidos en territorio estadounidense de padres que se encuentran en el país de manera irregular o temporal están sujetos a la jurisdicción de Estados Unidos y, por lo tanto, adquieren la ciudadanía desde su nacimiento.

La decisión fue aprobada por cinco votos contra cuatro, con lo que se mantiene la interpretación constitucional vigente desde hace más de 150 años sobre el alcance de la cláusula de ciudadanía por nacimiento.

El juez Brett Kavanaugh emitió un voto parcialmente discrepante al rechazar una interpretación amplia de la cláusula de ciudadanía, aunque tampoco respaldó la orden ejecutiva impulsada por Trump. Otros tres magistrados conservadores también expresaron diferencias respecto al alcance de la ciudadanía por nacimiento, al considerar que no debe entenderse como un derecho plenamente automático en todos los casos.

La orden ejecutiva fue firmada por Donald Trump el 20 de enero de 2025, día en que inició su segundo mandato presidencial. De acuerdo con estimaciones citadas durante el proceso, la medida habría afectado a alrededor de 255 mil menores cada año.

Con este fallo, la Corte Suprema dejó sin efectos la orden ejecutiva y reafirmó que las personas nacidas en territorio estadounidense y sujetas a la jurisdicción del país están protegidas por la garantía constitucional de la ciudadanía por nacimiento.

Durante la defensa de la medida, Trump sostuvo que la Decimocuarta Enmienda había sido interpretada de forma incorrecta y argumentó que Estados Unidos era el único país que otorgaba automáticamente la ciudadanía por nacimiento. Sin embargo, especialistas han señalado que otros países también reconocen este principio, conocido como jus soli, aunque con distintos alcances y requisitos.

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