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Corte avala uso personal de comestibles con cannabis

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha determinado que los particulares pueden elaborar alimentos que contengan cannabis destinados exclusivamente al consumo personal. Este fallo reconoce el derecho al libre desarrollo de la personalidad, permitiendo que quienes cuentan con la autorización correspondiente manipulen la sustancia para su ingesta privada sin enfrentar consecuencias legales por esta actividad específica.

Es fundamental precisar que esta resolución no abre la puerta a una legalización comercial generalizada. El máximo tribunal fue enfático al señalar que la decisión excluye terminantemente la venta, distribución o suministro de estos productos a terceras personas. Cualquier intento de expender alimentos con cannabis al público general sigue siendo ilegal y sancionable conforme a la legislación vigente.

El alcance del permiso se limita estrictamente al titular de la autorización otorgada por las autoridades sanitarias. Por lo tanto, el uso de cannabis en la preparación de alimentos queda restringido al ámbito del autoconsumo, manteniendo las prohibiciones sobre el tráfico y la comercialización de derivados de esta planta en cualquier otra modalidad.

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