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Deudores de pensión alimenticia no podrán ocupar cargos, tramitar documentos oficiales, ni salir del país

México.- Este 8 de abril, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en materia de pensiones alimenticias.

Esto, a fin de crear el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarios (RNOA).

Cabe señalar que los deudores morosos que estén inscritos en este Registro no podrán:

  • Ser candidatos a puestos de elección popular
  • Ser jueces o magistrados
  • Salir del país
  • Realizar trámites como la obtención de licencia o permisos de conducir, pasaporte o casarse por el Registro Civil

Con esto, se busca proteger y restituir de manera efectiva y homologada la satisfacción de las necesidades alimentarias de niñas, niños y adolescentes y que los tutores cumplan con la pensión alimenticia de sus hijas e hijos, a partir de una deuda de 90 días.

El decreto establece que el deudor moroso se difundirá en el RNOA -el cual será público- con base en lo dispuesto en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.

Las Procuradurías de Protección de las entidades federativas y la de la Ciudad de México tendrán acceso total a las bases de datos de este Registro Nacional.

Cabe señalar que el RNOA emitirá certificados de no inscripción, a petición de la parte interesada y las autoridades de los tres órdenes de gobierno dispondrán lo necesario para establecer como requisito la presentación del certificado de no inscripción en el Registro.

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