Entra en vigor prohibición total de vapeadores y cigarrillos electrónicos en México
México.- A partir de este 16 de enero entra en vigor en México la prohibición total de los vapeadores, cigarrillos electrónicos y cualquier dispositivo mecánico, electrónico o tecnológico destinado a calentar, vaporizar o atomizar sustancias, con o sin nicotina. La medida se aplica un día después de la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de la reforma a la Ley General de Salud.
El artículo 282 de la nueva legislación establece que queda prohibida en todo el territorio nacional la adquisición con fines de comercialización, así como la preparación, producción, fabricación, mezclado, acondicionamiento, envasado, transporte con propósitos comerciales, almacenamiento, importación, exportación, comercio, distribución, venta y suministro de estos dispositivos, incluidos aquellos desechables o de un solo uso.
No obstante, la normativa aclara que el consumo y la posesión de estos productos estarán permitidos siempre que no tengan fines comerciales.
La reforma también prohíbe cualquier forma de comercialización, publicidad o propaganda relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores y dispositivos análogos, ya sea a través de medios impresos, digitales, televisivos, radiales o cualquier otro canal de comunicación.
Además, se establece que todas las autorizaciones sanitarias otorgadas previamente para este tipo de productos quedarán sin efecto a partir de la entrada en vigor de la prohibición.
Quienes incumplan estas disposiciones podrían enfrentar sanciones penales que van de uno a ocho años de prisión, así como multas de entre 100 y 2,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a un rango aproximado de 11,314 a 226,280 pesos.
















