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Diputados endurecen definición de abuso sexual y eliminan ambigüedad sobre consentimiento

México.- La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad una reforma que amplía la definición del delito de abuso sexual y establece expresamente que el silencio o la falta de resistencia de la víctima no podrán considerarse como consentimiento.

Con 431 votos a favor, se modificaron los artículos 260 y 266 Bis del Código Penal Federal, con el propósito de fortalecer el marco jurídico, ampliar el alcance del delito y actualizar las sanciones correspondientes.

El texto reformado establece que comete abuso sexual quien, sin el consentimiento de la víctima y sin intención de llegar a la cópula, realice cualquier acto de naturaleza sexual en el ámbito público o privado, o la obligue a observarlo o ejecutarlo sobre sí misma, para un tercero o para el propio agresor. Entre estos actos se incluyen tocamientos, caricias, roces corporales, así como exhibiciones o representaciones sexuales explícitas.

Asimismo, la reforma precisa que no se considerará consentimiento cuando la voluntad de la persona haya sido anulada o viciada mediante violencia, intimidación, engaño, amenaza, abuso de confianza, abuso de autoridad o cualquier situación de vulnerabilidad. En este sentido, la Cámara de Diputados subrayó que “el consentimiento no podrá presumirse del silencio, la pasividad o la falta de resistencia física de la víctima”.

Las sanciones por este delito se establecen en penas de tres a siete años de prisión. Además, se contempla que las personas condenadas deberán participar en talleres reeducativos con perspectiva de género y prevención de la violencia, o realizar servicio social en favor del Estado.

No obstante, esta modificación ha generado críticas entre algunos legisladores de oposición, quienes señalaron que el marco legal anterior contemplaba penas de hasta diez años de prisión, por lo que advirtieron una posible reducción en la severidad de los castigos.

La reforma también fortalece las agravantes del delito, incluyendo casos en los que exista violencia física, psicológica o moral, así como cuando el agresor mantenga una relación de parentesco, confianza o vínculo sentimental con la víctima.

De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), una de cada cinco mujeres en México ha sufrido violencia en espacios públicos, mientras que el 92% de estos casos no se denuncia.

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