Arrendadores deberán reportar al SAT rentas mayores a 181 mil pesos
México.- Con el objetivo de prevenir el lavado de dinero, en 2025 se modificó la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, incorporando controles más estrictos sobre el arrendamiento de inmuebles.
La reforma establece que cuando el monto mensual de la renta supere mil 605 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalente a aproximadamente 181 mil 589 pesos mensuales, el arrendador debe registrarse ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en el padrón de actividades vulnerables y notificar cada contrato que exceda ese umbral.
La obligación aplica para el arrendamiento de casas, departamentos, bodegas y cualquier otro tipo de inmueble. Además, si una persona renta varias propiedades y el monto conjunto rebasa el límite establecido, también debe reportarse al SAT.
De acuerdo con Sergio Guizar, socio de Zavala Abogados y especialista en derecho fiscal, el arrendamiento de inmuebles puede ser utilizado como mecanismo para el lavado de dinero. Explicó que se pueden simular contratos de renta con fines distintos, como deducciones indebidas, lo que afecta al fisco al no reportarse correctamente los ingresos.
Entre los principales indicios de lavado de dinero en operaciones de arrendamiento se encuentran:
- Pago de renta en efectivo sin acreditar el origen de los recursos.
- Que una persona habite el inmueble y otra pague la renta.
- Varias empresas cubriendo un solo contrato de arrendamiento.
- Inmuebles desocupados pese a existir contratos vigentes.
- Inclusión de múltiples personas en un mismo contrato sin justificación clara.
Por su parte, Miguel Saucedo, especialista en materia inmobiliaria y testamentaria, recordó que desde los atentados del 11 de septiembre de 2001 se intensificó a nivel internacional el combate al uso de efectivo para frenar el financiamiento al terrorismo y al narcotráfico. En este contexto, México ha sido presionado para reducir el manejo de efectivo debido a los problemas estructurales de lavado de dinero.
La reforma también corrige un vacío legal: anteriormente, el límite para pagos en efectivo era de 10 mil pesos por persona, lo que permitía esquemas de fragmentación. Con la nueva legislación, el tope se fija en 181 mil 589.70 pesos por contrato, no por individuo, con el fin de cerrar espacios a operaciones irregulares.
Saucedo señaló que, aunque no existen estadísticas precisas sobre la magnitud del problema, las autoridades reconocen que el arrendamiento era un sector vulnerable para el lavado de dinero.
















