LOCALES Y REGIONALES

Resuelve Corte que por ahora noticieros no estarían obligados a distinguir información de un Juicio de Valor.

  • Aunque la Corte optó por no darle efectos generales al amparo.

SLP.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) precisó que por el momento los programas de radio y televisión no tendrán la obligación de hacer una distinción entre información y opinión ante la audiencia.

La Primera Sala de la Corte publicó la versión completa de la sentencia emitida por la organización Litigio Estratégico para la Defensa de los Derechos Humanos contra la reforma de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión de 2017.

Los integrantes de la sala autorizaron el planteamiento de amparar a la organización pero especificaron que el amparo solo tendría efecto en la parte quejosa.

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