Publican en el DOF decreto que prohíbe comercialización de vapeadores
México.- Fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que prohíbe la circulación y comercialización en el interior de la República, cualquiera que sea su procedencia, de los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN), Sistemas Alternativos de Consumo de Nicotina (SACN), los Sistemas Similares Sin Nicotina (SSSN), cigarrillos electrónicos y dispositivos vaporizadores con usos similares.
Asimismo, las soluciones y mezclas utilizadas en dichos sistemas, entre otros, y en consecuencia sancionar, en los términos que las disposiciones jurídicas aplicables dispongan, a quienes incumplan con esta prohibición.
El documento señala que la medida es válida y legítima por estar fundada en los artículos 4o., 5o. y 131 constitucionales.
Además, en cumplimiento al párrafo noveno del artículo 4o. constitucional, y en estricto respeto del principio del interés superior de la niñez, procede prohibir la comercialización de las mercancías multicitadas, ya que se pretende evitar el riesgo de que los niños y jóvenes adquieran desde muy temprana edad un hábito que perjudica su salud a largo plazo y que por ende afectará su calidad de vida.
El decreto puntualiza que la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) y la Comisión Nacional contra las Adiciones (CONADIC), emitió la Alerta Sanitaria No. 12/2021, para vapeadores y productos emergentes de tabaco, por ocasionar graves daños a la salud, causados por los compuestos carcinógenos, sustancias tóxicas y emisiones en forma de aerosol, además de tener un impacto nocivo a la salud pulmonar, que es alarmante.