Legisladoras buscan que ataques con ácido sean tipificados como tentativa de feminicidio
México.- Las diputadas federales priístas Montserrat Arcos, Ana Lilia Herrera, Adriana Campos, Melissa Vargas y Jaqueline Hinojosa afirmaron que los ataques con ácido y otras sustancias corrosivas, se pueden equiparar en menor medida a un feminicidio en grado de tentativa, tanto por la motivación, los bienes jurídicos afectados, la publicidad de los hechos y la evidente misoginia que está de fondo en este tipo de violencia extrema.
Debido a esto, las legisladoras presentaron una iniciativa que reforma y adiciona el artículo 325 del Código Penal Federal en materia de violencia ácida y feminicidio.
Para esto, se toma en cuenta la naturaleza jurídica del feminicidio, diferente a la del homicidio, como tipo autónomo, ya que éste no sólo se limita a la privación del bien jurídico que es la vida, sino que intervienen otros elementos que dotan de complejidad a este delito.
El documento señala que el uso de sustancias corrosivas y abrasivas, tienen la clara intención de infligir una violencia extrema a través de la provocación de sufrimiento, que puede tener como consecuencia la vida, pero que también afectan otros bienes jurídicos considerados dentro del delito de feminicidio, como lo son la dignidad, la integridad corporal y el derecho a una vida libre de violencia.
Cabe señalar que actualmente los ataques con ácido son investigados pero como un delito de tipo homicida, por lo que al establecerlo como una lesión se puede actuar en detrimento de la forma en que se juzga y atentar con la progresividad de los derechos de las mujeres.
Con dicha reforma se busca proteger a la persona que sufra lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia, donde se hayan utilizado sustancias corrosivas, abrasivas o cualquier otra que provoque una lesión visible y permanente en el cuerpo de la víctima.
Asimismo, se pretende sancionar al servidor público que retarde o entorpezca la procuración de justicia, que nieguen o dilaten sin justificación el otorgamiento de medidas de protección a las víctimas de feminicidio que lo hayan solicitado.
Aunado a esto, se les impondrá pena de prisión de tres a ocho años y se les inhabilitará de tres a diez años para desempeñar otro cargo público.