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Juez ordena garantizar comunicación y cuidar salud de Murillo Karam

México.- El titular del Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, concedió una suspensión de plano a efecto de que “cesen los actos de incomunicación” en contra Jesús Murillo Karam.

El amparo también advierte que dado el contexto de la pandemia por COVID-19, y a efecto de garantizar su derecho a la salud, el director del Reclusorio Norte “queda obligado a garantizar, por sí o por conducto de quien corresponda, la salud e integridad física y psicológica, por lo que de manera inmediata deberá tomar todas las prevenciones, acciones y medidas pertinentes para controlar y/o evitar su contagio”.

Asimismo, mandata a las autoridades penales a “ser respetuosas de la dignidad y de los derechos humanos del quejoso”, “prevenir cualquier acto tendente a menoscabar su esfera personal”, y “permitir el acceso de familiares, abogados y/o autorizados”.

Cabe señalar que la suspensión de pleno llama a llama a evitar cualquier acto que pongan en peligro la integridad física y emocional, así como la vida de Murillo Karam, procediendo las  condiciones mínimas de dignidad, sanidad, higiene y conceder todos los tratos humanitarios al impetrante.

Dichas medidas deberá ser acatadas en un plazo máximo de 24 horas, de no ser así, se impondrán penas de 3 a 9 años de prisión, multas de 50 a 500 unidades de medida y actualización, así como la destitución e inhabilitación de 3 a nueve 9 para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos, al servidor público que con el carácter de autoridad responsable no obedezca la medida cautelar.

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