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Aerolíneas regresarán 25% del boleto si hay sobreventa; determina SCJN

México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las aerolíneas deberán indemnizar a los pasajeros a los que se les niegue el abordaje debido a la sobreventa de vuelos.

Esta decisión implica el regreso del 25% del precio del boleto a las personas afectadas.

Las opciones para la compensación incluyen el reintegro completo del pasaje, el transporte en el primer vuelo disponible, cobertura de alimentos y hospedaje a cargo de la aerolínea, o bien la reprogramación de su vuelo en la fecha que convenga al pasajero.

La Primera Sala de la SCJN fue la encargada de establecer estas nuevas disposiciones, analizando las disposiciones de la Ley de Aviación Civil que regulan la responsabilidad de las aerolíneas comerciales en relación con la pérdida de un vuelo de conexión ocasionado por la sobreventa del vuelo que permitiría abordar el pasaje en una aerolínea distinta.

La Primera Sala determinó que el artículo 54 de dicha ley es constitucional, pues persigue una finalidad válida que protege los derechos de los consumidores de servicios de transporte aéreo.

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