Continúa campaña del SAT para la declaración anual de personas morales
SLP.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) continúa con la campaña de declaración anual para personas morales correspondiente al ejercicio fiscal 2024, con el objetivo de fomentar el cumplimiento oportuno de esta obligación.
«Esta campaña tiene como finalidad principalmente invitar a todos los contribuyentes, específicamente a las personas morales, a que realicen a tiempo su declaración anual, evitar contratiempos que puedan afectar su presentación en tiempo y forma de este trámite», explicó Gerardo Cruz Aguilar, administrador desconcentrado de recaudación en San Luis Potosí.
El periodo para presentar la declaración anual inició el pasado 1 de enero y concluye el 31 de marzo de 2025 para las personas morales.
Como parte de las acciones para facilitar el proceso, el SAT implementó diversas mejoras en los formatos de presentación, particularmente para quienes tributan bajo el régimen general y el régimen simplificado de confianza.
Por ejemplo, en el apartado referente a la participación de los trabajadores en las utilidades (PTU), se añadió un campo específico para el «PTU no deducible» y se mantiene la funcionalidad para reportar remanentes de pérdidas fiscales de los ejercicios 2014 a 2023.
En el caso de las empresas que pertenecen al régimen simplificado de confianza, el formulario de declaración anual incorpora un nuevo campo llamado «nómina deducible de periodos anteriores», donde se refleja la nómina acumulada por el periodo de liquidación.
«También dentro de otras mejoras para el régimen simplificado de confianza, es que en el apartado de gastos se agrega la sección devoluciones, descuentos y bonificaciones, el cual contiene la precarga de los pagos provisionales que consideraron para este concepto», puntualizó.
Para enviar la declaración anual a través del portal del SAT, es indispensable contar con la firma electrónica (e.firma) vigente y estar al corriente en las declaraciones de pagos provisionales, anuales de ejercicios anteriores, así como en las declaraciones de retenciones por conceptos como arrendamiento, honorarios, sueldos y salarios.
En caso de presentar declaraciones complementarias, Cruz Aguilar aclaró que es necesario respetar ciertos plazos para la actualización del sistema.
«Es importante señalar que tiene que esperar un plazo de 24 horas cuando no realizó ningún pago, y de 48 horas para hacerlo, siempre y cuando haya realizado pagos y se pueda cargar esta información en el sistema», añadió.
Como parte de la estrategia de apoyo a los contribuyentes, el SAT habilitó un minisitio específico para la declaración anual de empresas, disponible en su página oficial, donde se puede consultar información detallada y presentar el trámite correspondiente.
«Así pues, nosotros como autoridades fiscales estamos a la orden de los contribuyentes para atenderlos en caso de cualquier duda que tengan para la presentación de su declaración anual, en este caso de personas morales, antes del 31 de marzo del presente año», concluyó.
Con estas acciones, el SAT busca simplificar los trámites fiscales y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias para las personas morales, reforzando su compromiso con la transparencia y la eficiencia administrativa.
Por: José Luis Vázquez