Las Contralorías Internas obligadas a sancionar faltas administrativas detectadas por la ASE: RECS.
SLP.- La Auditora Superior del Estado Rocío Elizabeth Cervantes Salgado, señaló que una acción importante al finalizar la revisión de las Cuentas Públicas, es dar vista a los órganos internos de control en caso de detectar faltas administrativas no graves, ya que de acuerdo con las nuevas disposiciones legales, las contralorías internas son las autoridades competentes para continuar la investigación respectiva y promover la imposición de las sanciones que procedan.
La ley define las faltas no graves como las faltas administrativas de los servidores públicos, cuya sanción corresponde a los órganos internos de control, y establece que un servidor público incurre en faltas cuando sus actos y omisiones contravienen obligaciones diversas, como dejar de presentar en tiempo y forma las declaraciones de situación patrimonial y de intereses; o dejar de rendir cuentas sobre el ejercicio de sus funciones.
Dijo que es atribución de la Auditoría Superior del Estado promover las responsabilidades administrativas, para lo cual el procedimiento indica que la Coordinación de Investigación elabore un informe de presunta responsabilidad administrativa y lo turne a la Coordinación Jurídica ésta habiéndolo valorado y encontrado elementos.
La titular de la ASE reveló que “las sanciones administrativas por faltas no graves que las contralorías internas podrán imponer y ejecutar, son: amonestación pública o privada; suspensión del empleo, cargo o comisión por un período de uno a 30 días naturales; destitución del empleo, cargo o comisión; e inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público por un período no menor de tres meses ni mayor de un año, así como para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas”.
Por: José Luis Juarez