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Penas de hasta seis años de prisión aprueban a quien realice terapias de conversión

México.- El Senado de la República aprobó reformas al Código Penal Federal y a la Ley General de Salud para erradicar de forma definitiva y a escala nacional las controvertidas prácticas conocidas como “terapias de conversión” o Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG).

Estas terapias, condenadas a nivel internacional como claros actos de tortura contra la población LGBTQ+, involucran abusos físicos y psicológicos extremos, como agresiones sexuales, electrochoques e incluso supuestos exorcismos, todo con el objetivo de forzar a las personas a identificarse como cisgénero y heterosexuales.

La reforma, aprobada con una contundente mayoría de 77 votos a favor, 4 en contra y 15 abstenciones tras una extensa sesión de casi 12 horas, establece draconianas sanciones que van desde 2 hasta 6 años de prisión, así como cuantiosas multas, para quienes realicen, promuevan, obliguen o financien este tipo de terapias coercitivas.

Adicionalmente, se prevé la suspensión del ejercicio profesional por 1 a 3 años para aquellos trabajadores de la salud que participen en estas prácticas, y se establecen castigos diferenciados para padres, madres o tutores que promuevan las mismas.

Ahora, el proyecto de reforma fue remitido al Ejecutivo Federal para su promulgación y posterior publicación en el Diario Oficial de la Federación, consolidando así una histórica decisión que marca un hito en la lucha contra la discriminación en México.

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