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En agosto, siguiente audiencia relacionada con el caso Rich

SLP.- Derivado de la continuación de la audiencia inicial, este fin de semana fue determinada la vinculación a proceso de presuntos implicados de la tragedia al exterior del bar Rich en Plaza Alttus, por homicidio y lesiones culposas en comisión por omisión; además de incumplimiento de operación y funcionamiento.

Se decidió la no vinculación de los supuestos por corrupción de menores.

No obstante, se definió que permanezcan en prisión preventiva, debido al riesgo de fuga.

La cita a la audiencia fue a las 09:00 y concluyó a las 17:00 horas.

Aunque integrantes de la Fiscalía General del Estado hicieron énfasis en que las penas máximas para Francisco N y Ulises N serían 30 años y 40 para Nancy N -dado que en el caso de ellos se les percibió como coautores, mientras en la parte de incumplimiento de operación y funcionamiento a ella se le definió como autora total-, estaban por conceder tres meses para la investigación complementaria, la defensa de los presuntos solicitó una audiencia a fin de plantear un acuerdo reparatorio y suspensión provisional.

De tal forma, se citó a las partes el seis de agosto.

Así se dieron los hechos:

Inicialmente, la defensa señaló que la autoridad competente para la emisión de la licencia de venta de alcohol es la Secretaría de Gobernación -y debe encargarse de que los requisitos se satisfagan-.

Dijo que la Fiscalía no había dado cuenta de documentación de febrero del presente, signada por José Concepción Gallardo -quien ocupa la Dirección General de Gobernación- dirigido a la Dirección General de Ingresos.

Fue explicado que se hizo de conocimiento a Areli Rodríguez Pérez, con relación al pago de Nancy N de un permiso inicial relativo a la licencia para la venta de bebidas alcohólicas en la modalidad de consumo inmediato.

Enseguida refirió la expedición de un documento el primer día de abril del año en curso y se hizo hincapié en que los establecimientos podían operar en tanto se resuelve una autorización de refrendo.

Así, se citó una leyenda en la que se explicaba que el papel debe colocarse en un lugar visible -y se hizo énfasis en que la propia ley la había facilitado-.

Después, fue indicado que hay un oficio del ocho de marzo de 2023, signado por Maximino Jasso Padrón -en su papel de director de Gestión Ecológica y Manejo de Residuos del Ayuntamiento Capitalino- en el que se expresa viabilidad de la actividad comercial y que se cuenta con licencia de uso de suelo para funcionamiento del dos de mayo de 2023.

En cuanto a la posibilidad de vincularles por corrupción de menores, la defensa señaló que se intenta imputar lo mismo a los tres perfiles pero no se precisaba su cuota de participación y se dejó entrever que al parecer la Fiscalía había adoptado una actitud de imputar una responsabilidad de facto, pero con una visión de “no sé qué hiciste, cómo lo hiciste”.

En cuanto a la presencia de Kevin AMF la noche de los hechos, se informó que no se ofrecieron boletos a la venta y se había especificado que sería para mayores de 18 años y se requeriría una identificación.

Se ejemplificó aparte un antecedente del 10 de febrero pasado relacionado con la queja de una mujer ante Comercio porque no se permitió entrar a su hija y amigas menores de edad, aunque ella lo autorizara. Circunstancia que Nancy N explicó a la autoridad.

Luego presentaron testimonios de víctimas y testigos, en los que la defensa expuso cómo relataban que personal de seguridad a la entrada del negocio habían separado a hombres y mujeres la noche de los hechos. Del lado de los locales acomodaban a mujeres y hombres en la parte del barandal. No obstante, se formó un tumulto y los asistentes al exterior del negocio comenzó a empujarse y finalmente se escuchó la ruptura del vidrio y se vio entonces el aluminio doblado hacia fuera.

A la par, se compartió que una persona, fungía como guardia de seguridad inició el turno a las 20:00 horas del día del incidente y confirmó que Rich contaba con cadeneros y se controlaba el ingreso.

Al ver gente distribuida en la plaza y jóvenes correr en el segundo nivel envió un mensaje a quien dijo lleva por nombre Gerardo y está a cargo del mantenimiento de la plaza con la advertencia de que había mucha gente y se saturaba en las escaleras.
La respuesta fue que viera que no hubiera destrozos.

La defensa afirmó que no debía ponerse en tela de juicio que lo sucedido fue un accidente y la Fiscalía debía ser objetiva.

Enseguida, fue presentado un dictamen de arquitectura forense del nueve de junio. Sostuvo que la causa fue un empuje lateral que sobrepasó los límites de flexión de los materiales de fijación.
Sentido en el que dijo, la unión de los elementos metálicos se encuentran en deficiencia en el proceso de termo-fusión para dar continuidad estructural y en el encastre -la parte de las secciones-.

De hecho, en este último se dijo que la unión se dio por punto y no en cordón de hilo. Además de emplearse elementos plásticos tubulares, cuando lo correcto es emplear metálicos para la integridad de la estructura.

La defensa reiteró que lo sucedido fue multifactorial y que al darse al exterior no tendría que aplicar al negocio. Ejemplificó una venta nocturna a la que una cadena comercial convocó en una plaza y la gente que asistió estaba recargada en un barandal. Para cuestionar si ahí se hubiese dado la situación, también aplicarían acusaciones a la tienda departamental.

En tanto, la Fiscalía señaló que independientemente de que la documentación fuese firmada desde Gobernación e incluyera a la Dirección General de Ingresos, la validez pesaba en contar con la firma del Secretario General de Gobierno, J. Guadalupe Torres Sánchez.
Se insistió que se prohíbe y restringen las bebidas alcohólicas cuando hay solicitudes en trámite.

Así, se indicó que la convocatoria de la actividad efectuada el siete de junio iba dirigida a clientela potencialmente joven y refirieron el Reglamento de Espectáculos Públicos del Municipio Libre de San Luis Potosí, en el sentido de que debía considerarse un plan de contingencia o vigilancia.
Y se aseguró que el negocio tenía contrato como restaurante bar, no centro de espectáculos.

Se hizo énfasis en que el establecimiento operaba sin licencia de funcionamiento.

De ahí se comentó con base en un programa especial que regula la ley de Protección Civil que las obligaciones se fijan tanto al interior del negocio como al exterior.

Posteriormente, desde la defensa se señaló que el garante es la familia, cuando de los adolescentes se trata, dado que sabían a dónde iban.

Al cerrar el debate, el juez de control externó que los jóvenes no iban pasando por el pasillo, sino su presencia obedecía a una convocatoria.

La defensa precisó que el barandal que se venció abarcaba también un negocio contiguo.

El juez prosiguió con que cuando personal de investigación acudió, vio que la carta y lo único que se ofrecía era bebidas alcohólicas, por lo que cuestionó dónde estaba el restaurante bar.

Expresó que la defensa no había dicho en momento alguno datos de la cocina o chef; menos de la compra de carne o alguna proteína.

Después hizo hincapié en que si había alrededor de 400 personas que asistieron y solo cinco agentes de seguridad, se recordaría que se requiere un elemento por cada 50.

Aunado a que la capacidad del negocio es de 168 personas. Cuestionó cuántas personas esperaban recibir y que en todo caso, debió llamarse a la policía.

La Fiscalía solicitó que se determinara prisión preventiva a los imputados.

Y se comentó que Nancy N y Ulises N se habían desplazado tras el incidente a Michoacán, donde pidieron autoridades apoyo a la Fiscalía de aquella entidad.

Se les detuvo a bordo de un vehículo KIA.

Mientras en San Luis Potosí se aseveró que el coche de Ulises N (un BMW blanco y de Nancy N, un Mercedes Benz) habían sido abandonados.

De Francisco N, a quien se le atribuyó la organización de cadeneros, entre otras cuestiones se expuso como asunto alterno se le encontró a la altura de una plaza en carretera 57 por una cadena de café y un hotel. Se dijo que la policía se acercó al detectar un comportamiento raro de personas que tenían un maletín y que a Francisco N le fueron encontrados narcóticos; así como que al parecer había intentado dar cinco mil 500 pesos a cambio de que le dejaran ir.

Los presuntos otorgaron domicilios en Las Norias -en el caso de Nancy N-, El Mezquital -en el caso de Ulises N- y Francisco N en Prados.

El juez señaló a Ulises N en cuanto al reconocimiento que la persona que le identificó con base en fotografías había referido que él solía dejar su automóvil en el cajón para personas con discapacidad.

Así, fue definida la prisión preventiva.

Se había determinado que pasarían tres meses para investigación complementaria pero la defensa pidió audiencia para un acuerdo alterno y solicitud de suspensión provisional.

De tal forma que se citó el seis de agosto a las 13:30 horas.

Por: Paulina Rodríguez

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