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AMLO vulneró imparcialidad en proceso electoral: TEPJF

México.- La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad de la contienda electoral durante las conferencias de prensa matutinas del 9 y 11 de mayo de 2023.

Según el comunicado del Tribunal, el mandatario incurrió en promoción personalizada, difusión de propaganda gubernamental, uso indebido de programas sociales y coacción al voto. Esto debido a que en ambas conferencias hizo alusiones respecto al “Plan C” y a la necesidad de contar con una mayoría calificada en el Congreso para consolidar los proyectos de la “Cuarta Transformación”.

“Esas manifestaciones, consideró el pleno, tuvieron impacto electoral, pues se trató de llamados a votar en favor de una opción política y en contra de otra, con lo cual, pretendió influir en las preferencias de la ciudadanía”, se señaló en el comunicado.

Cabe mencionar que, si bien el Presidente no puede ser sancionado por infracciones de índole electoral, esta resolución declara su responsabilidad en los hechos.

Además de AMLO, la entonces Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, también fue responsabilizada por vulnerar los principios constitucionales al realizar manifestaciones relacionadas con los comentarios del Presidente.

Asimismo, se determinó la responsabilidad de otros servidores públicos, como Jesús Ramírez Cuevas, coordinador de Comunicación Social y vocero de la Presidencia; Sigfrido Barjau de la Rosa, titular del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (CEPROPIE); Jenaro Villamil, entonces presidente del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano (SPR); Jessica Ramírez, directora general de Comunicación Digital, y Pedro Daniel Ramírez Pérez, jefe de departamento adscrito a la citada coordinación.

Estas personas fueron señaladas por incurrir en uso indebido de recursos públicos, ya que son responsables de la transmisión y difusión de las “Mañaneras”, empleando recursos humanos y materiales para ello. Además, el coordinador de Comunicación Social y el titular de Cepropie fueron responsabilizados por difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido.

Por otra parte, el tribunal determinó que el Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA), el Partido del Trabajo (PT) y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) no obtuvieron un beneficio indebido por estas conductas, pues no se acreditó que tuvieran conocimiento de las mismas y omitieran tomar acciones para que cesaran sus efectos.

Finalmente, se dio vista al Congreso de la Ciudad de México para que determine lo correspondiente en el caso de Claudia Sheinbaum; al Órgano Interno de Control del SPR en el caso de Jenaro Villamil; y al Órgano Interno de Control de la Presidencia de la República para el resto de las personas servidoras públicas involucradas.

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