{"id":47743,"date":"2022-01-11T20:54:01","date_gmt":"2022-01-12T02:54:01","guid":{"rendered":"https:\/\/canal7slp.tv\/2023\/?page_id=47743"},"modified":"2022-01-11T22:19:26","modified_gmt":"2022-01-12T04:19:26","slug":"codigo-de-etica","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/canal7slp.tv\/2023\/codigo-de-etica\/","title":{"rendered":"C\u00f3digo de \u00c9tica"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><strong>C\u00f3digo de \u00c9tica CANAL7SLP<\/strong><\/p>\n<ol style=\"text-align: justify;\">\n<li>PROP\u00d3SITO DEL C\u00d3DIGO<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\">El objetivo del presente C\u00f3digo de \u00c9tica es promover la honestidad y la conducta \u00e9tica de los que formamos parte de Comunicaci\u00f3n 2000, S.A. de C.V., incluyendo todas sus filiales y subsidiarias (en adelante, \u201cCanal 7 SLP\u201d o la Empresa). Todos los colaboradores, funcionarios y empleados deben asegurar que se mantenga el m\u00e1s alto nivel de honestidad e integridad en el ejercicio de sus responsabilidades, as\u00ed como en cualquier acci\u00f3n que realicen en nombre, representaci\u00f3n o derivado de su relaci\u00f3n con Canal 7 SLP. Cada uno debe actuar de acuerdo con este C\u00f3digo y con las leyes aplicables en el pa\u00eds y otras jurisdicciones en donde la Empresa realiza actividades. Este C\u00f3digo precisa nuestra aspiraci\u00f3n empresarial, nuestra misi\u00f3n y los valores correspondientes. Por ello, en las actividades que realicemos, el buen hacer \u00e9tico es una condici\u00f3n intr\u00ednseca y no s\u00f3lo algo superfluo, es un valor agregado que nos da ventajas competitivas.<\/p>\n<ol style=\"text-align: justify;\">\n<li>VISI\u00d3N<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201cSer la empresa l\u00edder de comunicaci\u00f3n televisiva potosina con mayor cobertura de se\u00f1al en todo nuestro estado\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">III. MISI\u00d3N<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201cSatisfacer las necesidades de entretenimiento e informaci\u00f3n de nuestras audiencias, cumpliendo a la vez con nuestras exigencias de rentabilidad a trav\u00e9s de los m\u00e1s altos est\u00e1ndares de calidad, creatividad y responsabilidad social\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">OBJETIVOS<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>Difundir el acontecer local, estatal, nacional e internacional en cada una de las \u00e1reas de cobertura y producci\u00f3n del canal.<\/li>\n<li>Fomentar la capacidad asociativa en el \u00e1mbito de la televisi\u00f3n regional.<\/li>\n<li>Potenciar y mejorar la programaci\u00f3n y contenidos.<\/li>\n<li>Representar los intereses de los ciudadanos de las diferentes regiones del estado.<\/li>\n<li>Satisfacer las necesidades de informaci\u00f3n y entretenimiento de nuestros televidentes<strong>.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<ol style=\"text-align: justify;\">\n<li>VALORES<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\">Nuestros valores: credibilidad, \u00e9tica, integraci\u00f3n, liderazgo, profesionalismo, innovaci\u00f3n, comunicaci\u00f3n, relaci\u00f3n humana, reconocimiento y rentabilidad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Son parte fundamental para alcanzar nuestra misi\u00f3n y estar en posibilidad de solventar el compromiso que tenemos con nuestro(s): p\u00fablico, clientes, accionistas, proveedores, comunidad laboral y nuestra sociedad.<\/p>\n<ol style=\"text-align: justify;\">\n<li>PRINCIPIOS DE CONDUCTA<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\">En Canal 7 SLP la viabilidad y el \u00e9xito de nuestra labor profesional dependen, en gran medida, de la credibilidad que forjemos ante nuestros clientes, inversionistas y el p\u00fablico en general. Dicha credibilidad se sustenta en el compromiso con cuatro principios que norman nuestra conducta, siendo \u00e9stos:<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>DISCIPLINA \u2022 INTEGRIDAD \u2022 RESPETO \u2022 DISCRECI\u00d3N<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">DISCIPLINA<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La actividad personal debe realizarse con apego a las pol\u00edticas y normas internas, las leyes y los reglamentos, ya que ello da orden a todo lo que hacemos y por ende garantiza el logro de los objetivos de la organizaci\u00f3n y asegura el patrimonio institucional.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">INTEGRIDAD<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La estatura genuina del ser humano s\u00f3lo puede rescatarse en una actitud \u00e9tica; por ello debemos ser congruentes entre lo que decimos y hacemos. Es la armon\u00eda entre el individuo y la organizaci\u00f3n, de manera tal que tenga un genuino inter\u00e9s en tratar a accionistas, clientes, proveedores, empleados y autoridades de manera respetuosa, teniendo siempre un trato profesional. Nuestra actitud \u00e9tica nos permite consolidar la reputaci\u00f3n de integridad de nuestro Grupo, la cual ha sido construida por los que en \u00e9ste laboramos, y por quienes lo hicieron en el pasado. Al final, la integridad es el valor m\u00e1s importante con el que trabajamos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">RESPETO<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Todos los que formamos parte de la Empresa estamos obligados a actuar dentro de un marco de respeto y tolerancia hacia los dem\u00e1s, ya que ello nos permitir\u00e1 afianzar las relaciones interpersonales b\u00e1sicas para el buen desempe\u00f1o de nuestras actividades.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Asimismo, deseamos la existencia de un clima organizacional sano, que propicie el desarrollo de la fuerza laboral y fomente el trabajo en equipo, lo que redundar\u00e1 en conductas adecuadas para el cumplimiento de las responsabilidades individuales y el bienestar colectivo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">DISCRECI\u00d3N<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Una conducta \u00e9tica nos obliga a tratar la informaci\u00f3n sobre negocios, proyectos y operaciones que conocemos como producto de nuestro trabajo, con absoluta reserva y confidencialidad. Por lo tanto no la podemos divulgar a terceras personas, salvo a aqu\u00e9llas con las que se est\u00e1 autorizado a compartir dicha informaci\u00f3n por parte de la Empresa.<\/p>\n<ol style=\"text-align: justify;\">\n<li>ADHESI\u00d3N AL C\u00d3DIGO<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los colaboradores, funcionarios y empleados de la Empresa, al recibir este C\u00f3digo de \u00c9tica, firmar\u00e1n la Carta de Adhesi\u00f3n adjunta, en se\u00f1al de aceptaci\u00f3n y compromiso para respetar lo dispuesto en el mismo, entreg\u00e1ndola al \u00e1rea de Recursos Humanos. Adem\u00e1s de lo anterior, ciertos ejecutivos de la Empresa deber\u00e1n refrendar bianualmente su apego y compromiso con los postulados de este C\u00f3digo. El refrendo requiere que se firme y devuelva una Carta de Adhesi\u00f3n y Cumplimiento, en una forma que ser\u00e1 suministrada por Recursos Humanos. La omisi\u00f3n de esta obligaci\u00f3n por parte del ejecutivo de que se trate, se considerar\u00e1 como rechazo a las disposiciones de este C\u00f3digo y puede resultar en una acci\u00f3n disciplinaria e, incluso, en la terminaci\u00f3n justificada de su relaci\u00f3n de trabajo con la Empresa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">VII. POL\u00cdTICAS<\/p>\n<ol style=\"text-align: justify;\">\n<li>MARCO LEGAL<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\">1.A Uno de los prop\u00f3sitos de este C\u00f3digo es la observancia de las leyes, tanto en su forma como en su esp\u00edritu, es el cimiento sobre el cual est\u00e1n construidos los principios \u00e9ticos de la Empresa. Buscamos superar a la competencia en forma justa y honesta. Pretendemos beneficios competitivos a trav\u00e9s de un desempe\u00f1o superior, nunca a trav\u00e9s de pr\u00e1cticas comerciales no \u00e9ticas o il\u00edcitas. Los colaboradores, funcionarios y empleados de la Empresa deben respetar y obedecer las leyes aplicables en las jurisdicciones en las cuales operamos. Este C\u00f3digo de \u00c9tica reprueba cualquier pr\u00e1ctica o acci\u00f3n il\u00edcita sin importar su \u00edndole o magnitud.<\/p>\n<ol style=\"text-align: justify;\" start=\"2\">\n<li>RESPONSABILIDAD SOCIAL<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\">2.A La Empresa est\u00e1 comprometida con los derechos humanos, la protecci\u00f3n ambiental, la salud y la seguridad para sus empleados, clientes, vecinos y terceros que puedan ser afectados por sus productos o actividades. Este compromiso se apoya en las leyes expedidas al respecto. Los empleados est\u00e1n obligados a cumplir con las disposiciones internas que se emitan conforme a las leyes aplicables en cuesti\u00f3n de derechos humanos, de protecci\u00f3n ambiental, conservaci\u00f3n de la salud y protecci\u00f3n civil.<\/p>\n<ol style=\"text-align: justify;\" start=\"3\">\n<li>POL\u00cdTICAS Y PROCEDIMIENTOS INTERNOS<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\">3.A La Empresa deber\u00e1 mantener libros, registros y reportes que muestren en forma precisa, oportuna y adecuada los resultados y la condici\u00f3n financiera de la Empresa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">3.B Todos los activos, pasivos, gastos y transacciones deben registrarse en los libros de contabilidad de la Empresa, en una manera que sea consistente con los controles internos, las pol\u00edticas contables de la Empresa y las normas de contabilidad que le sean aplicables. La documentaci\u00f3n de todas las operaciones comerciales sustanciales debe describir la informaci\u00f3n esencial en forma precisa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">3.C Queda estrictamente prohibido, de acuerdo a la pol\u00edtica de la Empresa y a las leyes aplicables, difundir informaci\u00f3n falsa o que induzca al error en forma intencional, ya sea a trav\u00e9s de estados financieros, datos financieros u otros registros de la Empresa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">3.D El personal que se comunica e interact\u00faa con los integrantes de la firma de auditores externos y con los auditores internos de la Empresa, se apegar\u00e1 a las siguientes normas:<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>No debe intencionalmente declarar hechos falsos o incorrectos, ni omitir revelar hechos o informaci\u00f3n que deban ser del conocimiento de dichos auditores.<\/li>\n<li>No debe llevar a cabo acci\u00f3n alguna con la intenci\u00f3n de manipular o enga\u00f1ar a los integrantes de la firma de auditores externos o a los integrantes de la Vicepresidencia de Auditor\u00eda Interna de la Empresa, as\u00ed como tampoco instruir o influir en otras personas para hacerlo.<\/li>\n<\/ul>\n<ol style=\"text-align: justify;\" start=\"4\">\n<li>PR\u00c1CTICAS COMERCIALES<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\">4.A Las contribuciones pol\u00edticas o pagos a funcionarios gubernamentales est\u00e1n restringidas por ley y en algunos casos prohibidas. En Canal 7 SLP queda estrictamente prohibido llevar a cabo, directa o indirectamente, acciones por cualquier medio a fin de pagar o fomentar, ofrecer, prometer o autorizar el pago de cualquier cantidad o entregar u ofrecer un obsequio, o prometer dar o hacer algo, incluyendo prestar un servicio de valor a cualquier funcionario de gobierno, o cualquier candidato a un cargo p\u00fablico, nacional o extranjero con el fin de ayudar a Canal 7 SLP a obtener o conservar alg\u00fan negocio, beneficio, concesi\u00f3n o permiso, para s\u00ed o para alguna persona, o para referir alg\u00fan negocio o beneficio a terceros. Esta pol\u00edtica no tiene la intenci\u00f3n de prohibir la libertad del personal ni sindical para ejercer sus actividades c\u00edvicas en apoyo de candidatos y causas pol\u00edticas en los t\u00e9rminos permitidos por la ley; sin embargo, en el ejercicio de dichos derechos, el personal debe tener cuidado a efectos de que su participaci\u00f3n c\u00edvica no pueda interpretarse de manera alguna que tiene por objeto influir en decisiones gubernamentales para la obtenci\u00f3n de beneficios personales o de negocios a favor de Canal 7 SLP.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">4.B Canal 7 SLP est\u00e1 comprometido a dar cumplimiento a las disposiciones vigentes en materia de prevenci\u00f3n y sanci\u00f3n de actos de corrupci\u00f3n, a trav\u00e9s de implantar programas para dicho fin. Asimismo, el personal deber\u00e1 cumplir con las disposiciones internas emitidas sobre el particular, incluyendo la Pol\u00edtica para la Prevenci\u00f3n de Actos de Corrupci\u00f3n publicada por la Empresa, misma que describe y proh\u00edbe la comisi\u00f3n de este tipo de actos en el \u00e1mbito p\u00fablico y privado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">4.C Deseamos tener \u00e9xito con base en nuestros m\u00e9ritos, y no debido a que hemos pagado o dado algo de valor ilegalmente a alguien para obtener alg\u00fan favor o ventaja. Asimismo, no se deber\u00e1 asumir compromiso alguno para procurar, recibir o aceptar, directa o indirectamente ning\u00fan soborno, coerci\u00f3n u otro pago o beneficio de cualquier empleado o agente de actuales o potenciales proveedores, clientes, arrendadores, arrendatarios, competidores u otras personas o entidades relacionadas con la Empresa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">4.D Es inter\u00e9s de la Empresa que las empresas y las personas con quienes realizamos actividades comerciales est\u00e9n libres de presiones a dar regalos, favores o similares, a funcionarios o empleados de la Empresa que toman decisiones. Por tal motivo, queda prohibido procurar o aceptar obsequios de clientes o proveedores o intermediarios, que actualmente o que en el futuro, puedan realizar actividades comerciales con la Empresa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">S\u00f3lo podr\u00e1n ser aceptados obsequios de \u00edndole promocional o desayunos, comidas y cenas de negocio, siempre y cuando \u00e9stas cumplan con los est\u00e1ndares de las pr\u00e1cticas razonables y con lo establecido en las pol\u00edticas institucionales de Canal 7 SLP.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">4.E En caso de recibir alg\u00fan obsequio no permitido, \u00e9ste deber\u00e1 ser devuelto al remitente conforme a los procedimientos internos establecidos por la Empresa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">4.F El prop\u00f3sito de las leyes antimonopolio es el proteger, promover y preservar una competencia libre, justa, honesta y vigorosa. Aqu\u00ed se describen algunos fundamentos de \u201chacer\u201d y \u201cno hacer\u201d de nuestra pol\u00edtica:<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>NUNCA se deber\u00e1 aceptar junto con un competidor:<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">(a) fijar precios u otros t\u00e9rminos o condiciones de venta o compra<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">(b) dividir un mercado adjudicando clientes o territorios<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">(c) rehusarse a realizar operaciones con terceras partes o<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">(d) limitar o reducir la producci\u00f3n.<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>NUNCA (salvo que lo apruebe por escrito la Direcci\u00f3n de la Empresa) se deber\u00e1 intercambiar informaci\u00f3n con competidores relativa a precios u otros t\u00e9rminos o condiciones de venta, costos o m\u00e1rgenes de utilidad. INVARIABLEMENTE se deber\u00e1 anotar la procedencia de cualquier informaci\u00f3n de precios de competidores que se obtenga, incluyendo los datos de cualquier cliente involucrado.<\/li>\n<li>NUNCA se deber\u00e1 asistir a una reuni\u00f3n con un competidor en la cual es probable que se traten asuntos de precio o asuntos confidenciales de la competencia. Si en esta reuni\u00f3n surge una discusi\u00f3n de precios sobre servicios prestados por Canal 7 SLP y\/o por dicho competidor, se deber\u00e1 abandonar la reuni\u00f3n inmediatamente.<\/li>\n<li>NUNCA se deber\u00e1 participar, ni permitir que alg\u00fan empleado participe en actividades de asociaci\u00f3n comercial sin observar cuidadosamente las reglas se\u00f1aladas en estas directrices.<\/li>\n<li>NUNCA se deber\u00e1 requerir que un cliente compre de la Empresa como condici\u00f3n para que a su vez la Empresa compre de esa firma, ni amenazar a un cliente dici\u00e9ndole que la Empresa no comprar\u00e1 de \u00e9l a menos que \u00e9ste compre de la Empresa.<\/li>\n<li>NUNCA se deber\u00e1 realizar cualquiera de las siguientes actividades, salvo que se consulte previamente y obtenga la autorizaci\u00f3n correspondiente por parte de la Vicepresidencia Jur\u00eddica de la Empresa:<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">(a) requerir a un cliente que adquiera un producto o servicio para adquirir otro producto o servicio (arreglo obligado), o<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">(b) prohibir a un cliente adquirir de un competidor de la Empresa (arreglo de negociaci\u00f3n exclusiva).<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>SIEMPRE se deber\u00e1n reportar posibles problemas de monopolio, o posibles riesgos de pr\u00e1cticas monop\u00f3licas a la Direcci\u00f3n general de la Empresa, incluyendo invitaciones u ofertas de competidores o clientes para involucrarse en lo que puede ser una actividad ilegal.<\/li>\n<\/ul>\n<ol style=\"text-align: justify;\" start=\"5\">\n<li>TRANSACCIONES CON VALORES DE LA EMPRESA<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\">5.A Las personas que operan valores sobre la base de \u201cinformaci\u00f3n privilegiada\u201d, tienen un beneficio injusto sobre otros inversionistas; tales operaciones son il\u00edcitas y podr\u00edan someter a quien opera como tal y a la Empresa a riesgos y sanciones severas. Quien tenga acceso a informaci\u00f3n privilegiada, no est\u00e1 autorizado para utilizarla o compartirla, ni aun a miembros de su familia, para fines de operaci\u00f3n de acciones, ni para cualquier otro prop\u00f3sito, excepto para la conducci\u00f3n de las operaciones de la Empresa.<\/p>\n<ol style=\"text-align: justify;\" start=\"6\">\n<li>CONFLICTO DE INTERESES<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\">6.A Un conflicto de intereses se origina cuando se contraponen los intereses personales de funcionarios o empleados o terceros, a los intereses institucionales de la Empresa. Una situaci\u00f3n de conflicto puede surgir si se realizan actos o se desempe\u00f1an trabajos personales que puedan impedir que un integrante del personal de la Empresa lleve a cabo sus labores en forma objetiva y eficaz. Los conflictos de intereses tambi\u00e9n pueden surgir si un empleado de la Empresa o los miembros de su familia, reciben beneficios personales inadecuados como resultado de su cargo en la Empresa. Los \u201cmiembros de su familia\u201d significa: c\u00f3nyuge, concubino(a), padres, hijos(as), hermanos(as), abuelos(as), madrastra, padrastro, hermanastros(as), hijastros(as), t\u00edos(as), sobrinos(as), primos(as), familiares pol\u00edticos dentro de una de estas categor\u00edas o cualquier otra persona con quien tiene una relaci\u00f3n personal estrecha. La integridad personal y el uso de buen juicio es la mejor manera de prevenir y evitar conflictos de intereses. Sin embargo, si un empleado de la Empresa se involucra en cualquier actividad o transacci\u00f3n personal que podr\u00eda causar un conflicto entre los intereses personales y los de la Empresa (o aun la apariencia de dicho conflicto), el empleado de que se trate debe revelar por anticipado y por escrito esta situaci\u00f3n a la Vicepresidencia de Auditor\u00eda Interna, la cual la presentar\u00e1 al Comit\u00e9 de Auditor\u00eda para su conocimiento y opini\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La Empresa, a su entera discreci\u00f3n, puede negar la solicitud de un empleado. En virtud de que estas decisiones se toman sobre el an\u00e1lisis de cada caso particular, las decisiones en casos similares pueden ser diferentes. Cualquier acci\u00f3n u omisi\u00f3n que se pretenda realizar o dejar de hacer en alg\u00fan asunto en el que existan conflictos de intereses queda prohibida, excepto cuando dichas acciones u omisiones hayan sido autorizadas bajo las normas aprobadas por el Consejo de Administraci\u00f3n, as\u00ed como de acuerdo con las disposiciones establecidas en las pol\u00edticas internas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">6.B Se espera que los empleados dediquen su esfuerzo, energ\u00eda y lealtad total a la Empresa. Con esto en mente, la Empresa desincentiva el que los empleados se involucren en trabajos ajenos o presten servicios a entidades de lucro. Invariablemente existe un conflicto de inter\u00e9s si un empleado de la Empresa trabaja para un competidor, cliente o proveedor. Asimismo, ning\u00fan empleado de Canal 7 SLP debe aceptar cargo alguno al servicio de una entidad estatal o de participaci\u00f3n gubernamental, o en cualquier cargo p\u00fablico. Esta restricci\u00f3n no tiene la intenci\u00f3n de impedir a los empleados el ofrecerse como voluntarios para actividades de beneficencia y otras actividades comunitarias que no tengan fines de lucro, as\u00ed como a actividades docentes, aun y cuando sean remuneradas. De hecho, la Empresa anima a los empleados que desean ofrecerse como voluntarios para tales entidades; en tanto que estas actividades no interfieran con las responsabilidades y deberes del empleado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">6.C Ning\u00fan empleado de la Empresa debe sugerir, imponer o coaccionar para que Canal 7 SLP realice negocios con cualquier empresa, cliente o proveedor, en la que el empleado o un miembro de su familia en forma directa o indirecta obtenga ganancias personales. Potenciales operaciones con negocios de familia u otros negocios en los cuales un empleado de la Empresa participa como propietario, socio, consejero, funcionario, empleado, asesor o accionista, que pueden crear un conflicto de intereses, e interferir con sus deberes hacia la Empresa, deben ser previamente comunicadas por escrito a la Direcci\u00f3n General, la que verificar\u00e1, y en su caso certificar\u00e1, que tales operaciones se apeguen a las pol\u00edticas establecidas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">6.D Ning\u00fan empleado de la Empresa debe invertir en alg\u00fan valor (acciones, bonos, opciones, ventas en corto, etc.) o prestar dinero o de alguna otra manera invertir en un cliente o proveedor de Canal 7 SLP, a menos que la cantidad global invertida constituya menos del cinco por ciento (5%) de la deuda o patrimonio del cliente o proveedor. Los empleados de la Empresa deben reportar inmediatamente por escrito a la Vicepresidencia de Auditor\u00eda Interna cualquier inversi\u00f3n en clientes o proveedores que exceda al l\u00edmite antes mencionado. La Direcci\u00f3n General decidir\u00e1 el curso de acci\u00f3n apropiado, incluyendo la posible supresi\u00f3n de tales inversiones. Para fines de este p\u00e1rrafo, los t\u00e9rminos \u201cinvertir\u201d o \u201cinversi\u00f3n\u201d, incluye la participaci\u00f3n, parcial o total, en el capital de una entidad o negocio lucrativo, por aportaci\u00f3n de recursos propios o de miembros de su familia, en donde el efecto es que el empleado obtenga o derive cualquier beneficio de dicha inversi\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">6.E Se proh\u00edbe a los empleados, funcionarios y colaboradores: (a) tomar en forma personal aquellas oportunidades que pertenecen en forma apropiada a la Empresa, o que se descubren a trav\u00e9s de informaci\u00f3n o posici\u00f3n corporativos, (b) utilizar propiedades, informaci\u00f3n o posici\u00f3n corporativa para ganancias personales, y (c) competir con la Empresa. Los empleados, funcionarios y colaboradores tienen el deber de beneficiar los intereses leg\u00edtimos de la Empresa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">6.F Los proveedores ser\u00e1n seleccionados mediante procedimientos de selecci\u00f3n justos y abiertos, con base en la calidad, necesidad, desempe\u00f1o y costo. Todas las compras a proveedores deben de estar de acuerdo con las pol\u00edticas para adquisiciones de bienes y servicios de la Empresa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">6.G El conflicto de inter\u00e9s puede surgir tambi\u00e9n internamente, por lo que no se permite la contrataci\u00f3n de familiares por consanguinidad o por afinidad que laboren en una misma \u00e1rea o que tengan influencia en los procesos de trabajo o en alguna definici\u00f3n de car\u00e1cter laboral (ascensos, compensaciones o sanciones). La contrataci\u00f3n de un funcionario o empleado con relaci\u00f3n de parentesco con otro funcionario o empleado activo en la Empresa o sus filiales, estar\u00e1 estrictamente sujeta a las disposiciones normativas de la Empresa.<\/p>\n<ol style=\"text-align: justify;\" start=\"7\">\n<li>USO Y REVELACI\u00d3N DE INFORMACI\u00d3N<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\">7.A En t\u00e9rminos generales, la \u201cinformaci\u00f3n privilegiada\u201d se define como cualquier informaci\u00f3n no p\u00fablica que un inversionista razonable considerar\u00eda importante para tomar una decisi\u00f3n de inversi\u00f3n. Los siguientes aspectos, si no han sido del conocimiento p\u00fablico, podr\u00edan ser considerados importantes para una decisi\u00f3n de inversi\u00f3n: informaci\u00f3n respecto a ventas, ganancias, estimados, cambios en la pol\u00edtica de estructura de capital o dividendos, la adquisici\u00f3n o disposici\u00f3n de estaciones u otros activos importantes, planes estrat\u00e9gicos, convenios de programaci\u00f3n o contrataci\u00f3n de talento, p\u00e9rdida de un proveedor significativo, cambios importantes de personal, litigios significativos o la posible venta de valores patrimoniales o de deuda. Esta lista no es exhaustiva. Aquellos colaboradores, funcionarios y empleados que por la naturaleza de su trabajo es m\u00e1s probable que entren en contacto con informaci\u00f3n privilegiada, deber\u00e1n firmar anualmente una declaraci\u00f3n de que reconocen el cumplimiento con la pol\u00edtica para el manejo de valores de la empresa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">7.B Canal 7 SLP requiere que sus empleados se conduzcan de manera profesional y mantengan en todo momento las m\u00e1s altas normas \u00e9ticas comerciales. Los asuntos comerciales de la Empresa y sus clientes son de car\u00e1cter confidencial y no deben discutirse con ninguna persona, aun con otros empleados, excepto en la medida que se requiera para el curso normal de los negocios de la Empresa o bajo previa autorizaci\u00f3n de su supervisor. En ning\u00fan momento se puede usar o divulgar informaci\u00f3n privilegiada (incluyendo cartas, memoranda y documentos internos de la Empresa) a ninguna persona, empresa o entidad para promover su propio inter\u00e9s. Tampoco se permite acceder a informaci\u00f3n privilegiada de supervisores u otros empleados de la Empresa. Los empleados deber\u00e1n cumplir con las legislaciones para la protecci\u00f3n de datos personales emitidas en cada uno de los lugares en donde Canal 7 SLP lleva a cabo sus actividades.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">7.C Si un empleado de la Empresa divulga informaci\u00f3n o documentos confidenciales o si hace un uso indebido de datos personales, adem\u00e1s de hacerse acreedor a las sanciones que aplique la Empresa, puede verse sujeto a responsabilidades administrativas, civiles y\/o penales, como lo estipula la ley. Es mejor referir todas las indagaciones respecto a informaci\u00f3n confidencial a su supervisor. El empleado debe preguntar a su supervisor si no est\u00e1 seguro respecto a la confidencialidad de alguna informaci\u00f3n en particular.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">7.D Los empleados de la Empresa buscar\u00e1n que los terceros que presten alg\u00fan servicio a Canal 7 SLP y que por la naturaleza del mismo y para su cumplimiento tengan acceso a informaci\u00f3n no p\u00fablica, mantengan en total confidencialidad la informaci\u00f3n que reciban y, en su caso, suscriban el convenio de confidencialidad que para dichos efectos determine la Empresa.<\/p>\n<ol style=\"text-align: justify;\" start=\"8\">\n<li>RECURSOS INSTITUCIONALES<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\">8.A La protecci\u00f3n de los bienes y servicios de la Empresa es vital para nuestra actividad. Queda prohibido el uso de fondos, servicios o activos de la Empresa para cualquier prop\u00f3sito il\u00edcito o inadecuado. Los bienes de la Empresa \u2014 muebles e inmuebles, equipo, herramientas, veh\u00edculos, etc. \u2014 no deber\u00e1n ser usados para beneficio personal o con prop\u00f3sitos no autorizados por la Empresa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">8.B La venta, renta, donaci\u00f3n o disposici\u00f3n de los bienes de la Empresa, s\u00f3lo podr\u00e1n ser realizadas por personas autorizadas y acorde con los procedimientos establecidos en la Empresa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">8.C Los fondos de la Empresa no podr\u00e1n ser utilizados para prop\u00f3sitos o actividades pol\u00edticas.<\/p>\n<ol style=\"text-align: justify;\" start=\"9\">\n<li>AMBIENTE DE TRABAJO<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\">9.A Canal 7 SLP reconoce que todas las personas merecen el mismo trato independientemente de su: g\u00e9nero, estado civil, edad, religi\u00f3n, raza, clase social y econ\u00f3mica, nacionalidad, preferencia pol\u00edtica, discapacidad y convicciones personales, entre otras. Derivado de lo anterior, el personal no deber\u00e1 llevar a cabo pr\u00e1cticas discriminatorias de ning\u00fan tipo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">9.B El personal es, sin duda, nuestro capital m\u00e1s valioso y merece, por ende, atenci\u00f3n y respeto. La idea que tengamos respecto a nuestro personal influir\u00e1 irremediablemente en todos los \u00e1mbitos de la Empresa. En Canal 7 SLP todo trabajador es considerado como una persona que posee:<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>Capacidad para evaluar las situaciones y tomar decisiones.<\/li>\n<li>Capacidad para dar cuenta honesta por lo que hace, por lo que se le puede responsabilizar de sus acciones.<\/li>\n<li>La obligaci\u00f3n de tratar a los dem\u00e1s como \u00e9ste espera ser tratado.<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">9.C Por exigencias del trabajo, el personal de la Empresa se distribuye en niveles jer\u00e1rquicos, buscando as\u00ed optimizar los desempe\u00f1os individuales y obtener los beneficios del trabajo en equipo. En la Empresa se reconocen los niveles jer\u00e1rquicos como una forma de trabajo, y se mantiene siempre \u2014 m\u00e1s all\u00e1 de las jerarqu\u00edas \u2014 el respeto a la dignidad de las personas. Los jefes son responsables de vigilar la existencia de un adecuado ambiente de trabajo, de promover el desarrollo laboral de sus subalternos y de que \u00e9stos alcancen su m\u00e1s alto nivel de desempe\u00f1o. Sus \u00f3rdenes deber\u00e1n estar enmarcadas, siempre, dentro de los procedimientos autorizados.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">9.D La comunicaci\u00f3n entre los empleados deber\u00e1 ser clara y respetuosa, refiri\u00e9ndose exclusivamente a las exigencias y necesidades del trabajo. Por lo tanto, queda estrictamente prohibido, en forma enunciativa m\u00e1s no limitativa: amenazar, ofender, discriminar, intimidar, difamar, calumniar, hostigar, acosar sexual o laboralmente, ejercer cualquier forma de maltrato f\u00edsico, psicol\u00f3gico y\/o econ\u00f3mico en contra de cualquier empleado de la Empresa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">9.E Para la Empresa es indispensable la creaci\u00f3n de un ambiente de trabajo seguro y productivo. Cualquier factor que altere estas condiciones es motivo de cuidado especial. Canal 7 SLP proh\u00edbe estrictamente el uso, posesi\u00f3n, venta, intento de venta, transporte, distribuci\u00f3n o manufactura de sustancias il\u00edcitas, as\u00ed como bebidas alcoh\u00f3licas, sin importar la cantidad o la forma, mientras el personal desarrolla su actividad laboral y\/o se encuentra en las instalaciones o veh\u00edculos de la Empresa.<\/p>\n<ol style=\"text-align: justify;\" start=\"10\">\n<li>CONDUCTA FUERA DE LA EMPRESA<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\">10.A Se espera que todo empleado de Canal 7 SLP se apegue a los principios \u00e9ticos aceptables en asuntos de conducta personal y a mostrar un alto grado de integridad en todo momento. No se deber\u00e1 actuar de manera tal que afecte negativamente a la Empresa y sus actividades comerciales, durante el tiempo que el empleado no est\u00e1 en el trabajo o no est\u00e1 actuando en nombre de la Empresa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">VIII. INTERPRETACI\u00d3N<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Cada colaborador, funcionario y empleado de Canal 7 SLP debe actuar de acuerdo con este C\u00f3digo y con las leyes aplicables en los pa\u00edses y jurisdicciones en donde Canal 7 SLP realiza actividades comerciales. Este C\u00f3digo de \u00c9tica no cubre cada aspecto que pueda surgir; sin embargo, establece los principios b\u00e1sicos. Si alguna ley entra en conflicto con cualquier pol\u00edtica o lineamiento de este C\u00f3digo, los empleados deber\u00e1n cumplir con la ley. Si tiene duda con respecto a la aplicaci\u00f3n de este C\u00f3digo ante una situaci\u00f3n en particular, el empleado deber\u00e1 preguntar a su supervisor sobre la forma de manejarla o seguir los procedimientos que al efecto se se\u00f1alen por la Empresa. Aunque no se espera que todos los empleados conozcan los detalles de estas leyes, es importante conocerlas lo suficiente para determinar cu\u00e1ndo buscar el consejo de supervisores, administradores u otro personal apropiado. Los empleados deben comprender que estas normas no tienen la intenci\u00f3n de contestar todas las preguntas o convertir a la persona que las lea en un especialista. En cambio, est\u00e1n principalmente dise\u00f1adas para ayudarle a reconocer los tipos de conducta y los aspectos que tratan las leyes. Siempre que tenga dudas respecto a la posible aplicaci\u00f3n de las leyes en cualquiera de sus actividades, el empleado deber\u00e1 consultar con la Direcci\u00f3n General.<\/p>\n<ol style=\"text-align: justify;\">\n<li>SANCIONES<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\">Este C\u00f3digo ser\u00e1 administrado por el \u00e1rea de Recursos Humanos de Canal 7 SLP, y ser\u00e1 supervisado por la Administraci\u00f3n de la Empresa. Cualquier conducta contraria a lo especificado en este C\u00f3digo se considerar\u00e1 como contravenci\u00f3n a las responsabilidades asignadas al empleado. No son aceptables las acciones il\u00edcitas o no \u00e9ticas, as\u00ed como las conductas inadecuadas o inapropiadas de toda aquella persona que act\u00fae en nombre de Canal 7 SLP. Quienes violen las normas de este C\u00f3digo estar\u00e1n sujetos a acciones disciplinarias que, inclusive, podr\u00e1n dar lugar a la rescisi\u00f3n justificada de su relaci\u00f3n laboral con la Empresa, independientemente de que sea sujeto a otras acciones legales a las que diera lugar. Si se encuentra en una situaci\u00f3n que considere que pueda violar o conducir a una violaci\u00f3n de este C\u00f3digo, siga las orientaciones que al efecto se se\u00f1alen por el departamento de Recursos Humanos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Este C\u00f3digo entra en vigor a partir de su publicaci\u00f3n en los medios internos de comunicaci\u00f3n y de la fecha de entrega a los empleados de la Empresa.<\/p>\n<ol style=\"text-align: justify;\">\n<li>SISTEMA DE DENUNCIAS<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\">Sistema de Denuncias.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Si tienes conocimiento o sospechas de una conducta no \u00e9tica o ilegal, es simple, den\u00fancialo. Con ese prop\u00f3sito, Canal 7 SLP ha desarrollado diversos canales para que estemos comunicados.<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>Internet: http:\/\/canal7slp.tv\/codigo-de-etica\/<\/li>\n<li>Correo electr\u00f3nico: contacto@canal7slp.tv<\/li>\n<li>Call Center: 444-822-2400 desde cualquier parte del pa\u00eds.<\/li>\n<li>Correo Tradicional: Av Universidad 1310, Col. Francisco I Madero 78320, San Luis Potos\u00ed, SLP Dirigido a Direcci\u00f3n General o al \u00e1rea de Auditor\u00eda Interna.<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">Estos puntos de contacto siempre garantizar\u00e1n la confidencialidad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Carta de Adhesi\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">He le\u00eddo, acepto y me comprometo a respetar el presente C\u00f3digo de \u00c9tica de Comunicaci\u00f3n 2000, S.A. de C.V.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Nombre completo del empleado:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Empresa de contrataci\u00f3n:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">N\u00famero de empleado:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Fecha:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Firma de conformidad:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>C\u00f3digo de \u00c9tica CANAL7SLP PROP\u00d3SITO DEL C\u00d3DIGO El objetivo del presente C\u00f3digo de \u00c9tica es promover la honestidad y la conducta \u00e9tica de los que formamos parte de Comunicaci\u00f3n 2000, S.A. de C.V., incluyendo todas sus filiales y subsidiarias (en adelante, \u201cCanal 7 SLP\u201d o la Empresa). Todos los colaboradores, funcionarios y empleados deben asegurar que se mantenga el m\u00e1s alto nivel de honestidad e integridad en el ejercicio de sus responsabilidades, as\u00ed como en cualquier acci\u00f3n que realicen en nombre, representaci\u00f3n o derivado de su relaci\u00f3n con Canal 7 SLP. 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