SLP.- El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí concluyó que la invitación pública para ocupar el cargo de Director o Directora de la Unidad de Atención a los Pueblos Indígenas fue ilegal y decidió que el acta de asamblea en la que se designó a Zenón Santiago Cervantes como Titular de la dependencia en el Ayuntamiento Capitalino también lo es.
Por lo anterior, se ordenó remover a Zenón Santiago Cervantes y que se emita una invitación para que sean las comunidades Mazahua, Mixteca Baja y Triqui quienes se organicen internamente y propongan el perfil que ocupe el cargo.
Como parte del expediente TESLP/JDC/67/2019 la sentencia que se dicta en cumplimiento a la ejecutoria del 12 de marzo, de parte de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, corresponde a la Segunda Circunscripción Electoral Plurinominal con sede en Monterrey, Nuevo León.
Un Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano con número de expediente SM-JDC-14/2020 fue promovido por Narciso Mendoza y Vicente Domingo Hernández contra una sentencia del 17 de febrero de 2020.
La justificación de la decisión del Tribunal es que el proceso y procedimiento de elección fue contrario a los lineamientos previstos en la Ley de Consulta Indígena.
Así, lo resuelto implica que se revoque la Asamblea Municipal realizada el siete de diciembre de 2019. También la designación de Zenón Santiago Cervantes.
Y se declaren subsistentes o válidos los actos jurídicos y administrativos celebrados por él, durante su permanencia como Titular del área.
Por: Paulina Rodríguez