Penas de entre 7 y 14 años se impondrán a quien lesione con ácido a mujeres.
SLP.- En reunión de la Comisión de Justicia, que preside el diputado Rubén Guajardo Barrera, se aprobó la iniciativa que propone la adición sobre «Lesiones cometidas contra la mujer en razón de su género».
Se busca tipificar los delitos cometidos en contra de la mujer en razón de su género, al que cause lesiones con ácido o sustancias corrosivas a una mujer, imponiendo una pena de siete a catorce años de prisión.
Se considera que existen razones de género, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
Que las lesiones causadas sean infamantes, degradantes o por una mutilación; que previo a la lesión infringida existan datos que establezcan que se han cometido amenazas, acoso o violencia del sujeto activo contra la víctima.
Si entre el sujeto activo y la víctima existió una relación sentimental, afectiva o de confianza; de parentesco, laboral, docente o cualquiera que implique subordinación o superioridad y se acredita que en virtud de esa relación fueron infringidas las lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones.
Las penas previstas se aumentarán en dos tercios, cuando las lesiones sean provocadas mediante el empleo de ácidos o substancias corrosivas; o cuando las lesiones sean provocadas en los órganos genitales femeninos o en las mamas.
Por: José Luis Juárez