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Legisladores aprueban decretos para establecer cuotas y tarifas al agua potable.

SLP.- En Sesión Ordinaria, los diputados del congreso del Estado aprobaron por unanimidad de 23 votos a favor, los Decretos que establecen las cuotas y tarifas de 21 organismos operadores de agua, ejercicio fiscal 2021, las cuales serán las mismas cuotas y tarifas del ejercicio 2020.

De esta manera, los organismos operadores de agua de los municipios de: Axtla de Terrazas; Cárdenas; Cerritos; Ciudad del Maíz; Ciudad Fernández, El Refugio, Ciudad Fernández; Ciudad Valles; Charcas; Ébano; El Naranjo; Matehuala; Rayón; Rioverde; San Ciro de Acosta; Tamazunchale; Tamuín; Tanquián de Escobedo; Villa de Arista; Villa de la Paz; Villa de Reyes; e INTERAPAS, mantendrán las tarifas aplicables en el 2020, ya que en los casos en que se presentaron solicitudes de incremento a las tarifas, los municipios no cumplieron con lo establecido con la metodología para el cálculo de cuotas y tarifas.

Se indica en el dictamen que el derecho humano al agua quedó definido como el derecho de todas las personas a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y doméstico, para tal efecto debe sujetarse a:

En disponibilidad, se dice que el abastecimiento de agua debe ser continuo y suficiente para los usos personales y domésticos. Esto comprende agua para el consumo, el saneamiento, la preparación de alimentos y la higiene personal y doméstica.

Respeto a la calidad del agua, se dijo que debe ser salubre y no debe constituir una amenaza para la salud. Además, el agua no debe tener color, ni olor.

En accesibilidad física: El agua debe estar al alcance físico de todos los sectores de la población, en cada hogar, institución educativa o lugar de trabajo.

Accesibilidad económica: Los servicios e instalaciones de agua deben estar al alcance económico de todas las personas. Los costos y cargos directos e indirectos asociados con el abastecimiento de agua deben ser asequibles y no deben poner en peligro el ejercicio de otros derechos.

No discriminación: El agua y los servicios e instalaciones de agua deben ser accesibles a todos.

Por: José Luis Juárez

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