SLP.- Tras anunciarse la fase 2 por COVID-19 en territorio mexicano, se publicaron dos decretos en el Diario Oficial de la Federación: uno donde se establecen las medidas preventivas para evitar la propagación y otro que “tiene por objeto sancionar el acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas”.
En ellos, se especifica que se debe evitar la asistencia de trabajo, espacios públicos y otros lugares concurridos a los adultos mayores de 65 años y a aquellas personas con riesgo; así como la suspensión hasta el 19 de abril, de clases y actividades de los sectores públicos, social y privado donde se registren grandes grupos de personas.
También se suspenden “hasta nuevo aviso” de los eventos masivos, reuniones y congregaciones de más de 100 personas.
Por otra parte, se indica que la administración pública y las organizaciones de los sectores social y privado deberán garantizar la continuidad de sus operaciones.
Entre el listado de los negocios esenciales que permanecerán abiertos durante esta fase 2 de contingencia sanitaria están las tiendas de abarrotes, minoristas de agua, supermercados, tiendas de conveniencia y bancos de alimentos.
Se habla de Hospitales, clínicas, dentistas, farmacias, compañías farmacéuticas, compañías biotecnológicas y laboratorios de investigación; además de la producción, almacenamiento y transporte relacionado la distribución de combustible.
A ello se suman los medios de comunicación como periódicos, televisión, radio, revistas y podcasts; la venta de productos de higiene personal y de suministros para la construcción; compañías de servicios públicos como agua, luz, gas y recolección de basura; transporte público y servicios veterinarios.
Por: José Luis Vázquez