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Castigos más severos en la difusión de imágenes íntimas es un importante avance en la Ley: RHL.

SLP.- La aprobación de las reformas al Código Penal para ampliar el castigo por la difusión ilícita de imágenes íntimas por cualquier medio, es un paso muy importante del Congreso del Estado para atacar este problema de actualidad.

El diputado Rolando Hervert Lara informó que el artículo 187 del Código Penal del Estado, establece una pena de dos a cuatro años de prisión y multa de 300 días el valor de la unidad de medida y actualización a quienes resulten responsables del delito de difusión ilícita de imágenes intimas al transmitir, publicar o difundir imágenes, sonidos o grabaciones de contenido sexual, obtenidas con o sin la autorización de la víctima.

Del 2017 a la fecha, la Fiscalía Especializada en Atención a la Mujer, a la Familia y Delitos Sexuales, registró un aumento en las denuncias.

En 2017 se registraron 85 denuncias, en 2018 aumento a 92 y en enero de 2019 se tuvo el registro de 24 casos.

Debido al incremento en los delitos de difusión ilícita de imágenes, en los cuales influyen de manera considerable las redes sociales, se propuso el incremento de la pena de tres a seis anos de prisión y multa de mil a dos mil veces el valor de la UMA, ya que hasta hoy, la mayoría de los asuntos se resuelven mediante acuerdos preparatorios o salidas alternas.

Otro punto relevante es que se aprobó la propuesta de incrementar la pena hasta en una mitad más, cuando exista relación de jerarquía o de cualquier tipo de subordinación; y cuando las imágenes o información sean obtenidas con violencia, se incrementará la sanción hasta en dos terceras partes.

Por: José Luis Juarez

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