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AMLO regresará tiempo aire a concesionarios de Radio y Televisión.

SLP.- El presidente Andrés Manuel López Obrador anunció la firma de un acuerdo para devolver los tiempos fiscales del poder Ejecutivo a los concesionarios de radio y televisión para que los puedan comercializar, pero la Ley Federal de Radio y Televisión establece un tope máximo a los concesionarios para comercializar, por lo que los tiempos fiscales deberán ser empleados para la presentación de contenidos propios.

En conferencia de prensa, López Obrador dijo que ante la crisis económica generada por el avance del Covid-19, que ha dejado 50 muertos en el país, tomó la medida para que las empresas dedicadas a la comunicación puedan generar mayores ingresos y conservar su plantilla laboral.

“Devolvemos los tiempos fiscales a estaciones de radio, canales de televisión, porque un gobierno que mantiene comunicación con el pueblo no necesita de propaganda y la industria de la radio y la televisión está pasando por un mal momento, porque han bajado sus ingresos en general y nosotros no podemos darles dinero para publicidad como era antes, habíamos anunciando que se iba a reducir más el gasto de publicidad”, destacó durante la conferencia mañanera.

Los tiempos fiscales son en realidad espacios que los medios ceden al Estado a cambio de no pagar un impuesto y significan 18 minutos diarios en cada canal de televisión y 35 minutos en cada estación de radio.

Los tiempos fiscales sólo pueden utilizarse por los poderes del Estado para la transmisión de información oficial y no de propaganda personalizada.
López Obrador destacó la necesidad de regresar el tiempo a las empresas porque su gobierno no pagará por publicidad.

“Nosotros no podemos darles dinero para publicidad como era antes, habíamos anunciando que e iba a reducir más el gasto de publicidad, con esta medida ellos van a poder comercializar esos tiempos y son ingreso que los ayudarán a mantener sus empresas y a mantener el trabajo de muchos, sobre todo de quienes laboran en esta industria», destacó.

De acuerdo con el marco legal vigente, en las estaciones de televisión, el tiempo destinado a publicidad comercial no debe exceder del 18 por ciento del tiempo total de transmisión por cada canal de programación.

En tanto, en las estaciones de radio, el tiempo destinado a publicidad comercial no debe exceder del 40 por ciento del tiempo total de transmisión por cada canal de programación.

Por: Luis de Regil

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